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NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA 2024

  • Foto del escritor: MLR Abogada
    MLR Abogada
  • 21 jun 2024
  • 2 Min. de lectura

 ¿Qué sabemos ya sobre el nuevo Reglamento de Extranjería?

Aunque, probablemente, el texto no verá la luz hasta finales de este año, estas son (de momento) las principales NOVEDADES :

  • ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN. Se prevé que sea una autorización que posibilite trabajar a la vez que se realice el curso correspondiente. Probablemente, este trabajo que se realice en esta modalidad sea a MEDIA JORNADA.

En esta autorización también se prevé la posibilidad de que los extranjeros que ya tengan terminados determinados estudios/cursos, puedan acceder directamente a la segunda fase del arraigo para la formación. Esto es, el permiso de trabajo (siempre relacionado con la formación).

El objetivo es facilitar el acceso al mercado laboral de los extranjeros.

  • ESTANCIA POR ESTUDIOS. Al contrario, en la estancia por estudios se prevé que sea modificada de forma menos favorable para los extranjeros, volviendo a la limitación temporal para poder modificar la estancia a la residencia.

El anterior Reglamento exigía una permanencia de 3 años en España para poder modificar la estancia por residencia; al eliminarse con la reforma del Reglamento del año 2022, muchos extranjeros han utilizado esta autorización para conseguir una residencia sin respetar la situación nacional de empleo. Por lo tanto, lo más probable es que de nuevo se prevea una nueva limitación en el cambio de estudiante a residente, incorporando un tiempo mínimo para poder hacer esa modificación y se exijan, al menos, 2 años de estancia por estudios.

Otra de las limitaciones que se prevén realizar en las estancias por estudios es la de limitar el tiempo de trabajo del estudiante a 20 horas semanales o menos, pues parece incompatible, con la carga que tienen los estudios (recordemos que, actualmente, el estudiante tiene la posibilidad de compatibilizar los estudios con 30 horas/semana de trabajo).

  • SIMPLIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOS de autorizaciones de residencia. Posiblemente se establezca que aquellas personas que tengan reconocida una residencia de trabajo por cuenta ajena, sea válida también para el trabajo por cuenta propia (pero no al revés, para evitar saltar la situación nacional de empleo). En este caso, la idea es que existan menos procesos de modificación y que todas las autorizaciones valgan para trabajar.

  • Se prevé un modelo de ÚNICA RENOVACIÓN, con la finalidad de que entre la tarjeta de primera residencia y la residencia de larga duración (5 años) sólo exista una renovación. Con ello se pretende descargar ligeramente el trabajo en las Oficinas de Extranjería

 
 
 

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